El Código de Conducta de Proveedores
El Código de Conducta de Proveedores de Eaton nos ayuda a seleccionar socios comerciales que siguen estándares de trabajo y practicas de negocios consistentes con los valores de nuestra compañía. Estos requerimientos son aplicables a cualquier proveedor de Eaton Corporation en cualquier parte del mundo.
A) Código de Conducta - Principio General: Las plantas de los proveedores deberán operar en estricto apego a las leyes de su país y con el debido cumplimento de las normas y regulaciones que apliquen.
- Medio ambiente: Los proveedores deberán cumplir con todas las normas ambientales y leyes relacionadas vigentes.
- Menores de edad: Los proveedores deberán emplear únicamente trabajadores en edad legal para trabajar y cumplir con todas las leyes, normas y regulaciones de empleo de menores de edad aplicables a su país.
- Mano de Obra Forzada: los proveedores no podrán incurrir en ningún tipo de trabajo forzado o inducido, esclavitud o servidumbre.
- Salarios y Horarios: Los proveedores deberán establecer sueldos, horarios de trabajo y tiempo extra en conformidad con las leyes de su país. Los trabajadores deberán cuando menos recibir el sueldo mínimo establecido para su país y región o el estándar de la zona/industria, cualquiera que sea el mayor.
- Discriminación: Los proveedores deberán dar empleo a trabajadores tomando como base la habilidad para hacer el trabajo, y no sobre la base de sus características personales o creencias (como puede ser su raza, religión, color, sexo, nacionalidad, edad, estado civil, etc.)
- Libertad de asociación: Los trabajadores de los proveedores deberán ser libres de asociarse a las instituciones de su interés y tener la libertad de realizar negociaciones colectivas cuando las leyes de su país les confieran ese derecho.
- Regalos, Compensaciones o Muestras de Gratitud: El ofrecimiento u aceptación de regalos, sobornos, o cualquier otro método ilegal de pago altera la esencia misma de la libre competencia y afecta la moral de todos aquellos involucrados. Cualquier pago de esta naturaleza que se ofrezca a socios comerciales, empleados o gobierno, no será tolerado. Eaton prohíbe el ofrecimiento y aceptación de cualquier regalo que se considere de valor substancial. Cualquier proveedor que viole esta cláusula A (8) es susceptible de perder de manera inmediata cualquier negocio presente y futuro con Eaton.
B) Seguimiento al Código de Conducta de Proveedor El proveedor permitirá a Eaton Corporation (ya sea su personal o bien representantes para este efecto designados) el acceso a sus instalaciones y/o registros relacionados con los productos y servicios que se proveen a Eaton. La fecha y hora para el acceso se establecerán por mutuo acuerdo entre Eaton y el proveedor. Sin embargo, en cualquier situación que se considere de riesgo para el negocio con Eaton y que requiera de acceso inmediato a los productos, servicios y registros relacionados, el proveedor deberá proporcionar acceso a Eaton según sus necesidades.
C) Aplicabilidad a subcontratistas Este código también aplica al personal y/o empresas sub-contratados que presten servicios o provean de productos a los proveedores. Es responsabilidad de cada proveedor asegurar el cumplimiento de éste código por cada uno de sus sub-contratados como si se tratara del proveedor per se. Eaton se reserva el derecho de auditar a los sub-contratados del proveedor con respecto del cumplimiento con el presente código de conducta, para lo cual el proveedor agendará la auditoría como Eaton lo requiera.
D) En caso de Violación Si el proveedor no cumple con el presente Código de Conducta del Proveedor de Eaton, será requerido que el proveedor implemente un plan de acciones correctivas para resolver cualquier no conformidad dentro de un periodo específico de tiempo, mismo que será entregado por escrito a Eaton. Si el proveedor fallara en el cumplimiento del plan de acción, Eaton puede dar por terminada la relación de negocios, incluyendo la suspensión de futuras órdenes de compra y la producción actual (en proceso). Eaton podrá hacer responsable al proveedor de cualquier costo relacionado con la investigación correspondiente esta no conformidad. Cualquier excepción a lo dispuesto en la presente cláusula D, se considerará como un incumplimiento a lo dispuesto en la cláusula A inciso 8, denominada "Regalos, Compensaciones o Muestras de Gratitud", en cuyo caso se aplicará la penalización ahí establecida.